El lugar donde he sido mandado a vivir sin ninguna experiencia previa en el medio de la más huérfana inconstancia. El que me obliga a tomar por sorteo hasta la más inocente de mis decisiones, como la de creer en la más pálida idea...

abril 26, 2009

El crimen de la difusión


Me gustaría escribir un extenso post de investigación y opinión sobre este tema pero por diversas circunstancias que me lo impiden ahora, me limitaré a un breve compendio de referencias.

Se trata del gran tópico de los derechos de propiedad intelectual en relación a la circulación y difusión de material vía internet que se he recalentado últimamente en el mundo. A las leyes impulsadas en Francia por Sarcozy que finalmente no fueron aprobadas por Asamblea de ese país, se sumó la condena en primera instancia en Suecia a los impulsores del sitio Pirate Bay. Pero aquí en Argentina es donde ocurrió un caso que me produce un hondo escalofrío: Horacio Potel, un profesor de filosofía de la Universidad de Lanús, está siendo sometido a proceso judicial por supuesta violación a la ley 11.723 debido a la difusión web de textos en castellano de Nietszche, Heiddegger y Derrida.

El propio Potel explica en su página de Facebook los pormenores de la situación que ha despertado un interesante número de reacciones en diversos blogs y publicaciones independientes defensoras de la libre circulación cultural. Como curiosidad se puede ver como en julio de 2007 la tarea de Potel recibía la fervorosa aprobación de un curioso intelectual, columnista del programa de Mariano Grondona y defensor del mercado neoliberal.


El debate está abierto y la creciente virulencia de la reacción de las compañías grabadoras y editoriales hacen presagiar una crisis definitiva de la cual emerjan cambios en las legislaciones, nuevas propuestas y por qué no, consultas populares. La tarea de difusión que genera la circulación web gratuita de los materiales sigue siendo ignorada ciegamente por las compañías editoras de discos y libros, con un beneficio económico considerable que obtienen gracias al trabajo de terceros. Bastaría sólo cuantificar esa difusión gratuita y ponerle una cifra en relación a lo que cuesta publicitar en los medios masivos de comunicación un disco o un libro, un grupo musical o un autor. A las editoriales que demandan por el uso de los libros de Derrida no les alcanzaría vender todas las ediciones juntas para pagar los minutos televisivos o los centímetros de publicidad en diarios de alta llegada necesarios para equiparar dicho efecto. El análisis de la cifras de perjuicio por "lucro cesante" que hacen las compañías son tramposas, en general la industria niega ese efecto publicitario que les hace vender más y no menos como sucedáneo de la circulación. La artimaña preferida es tomar el número de bajadas de cada material y suponer que cada una esas bajadas en una venta que no se consumó cuando esto es un absurdo; que haya 300.000 descargas de un disco o un texto no implicará jamás que se venderían 300.000 ejemplares de esos materiales si es que la descarga no estuviera disponible. En el caso de Potel es más extraño aún ya que se trata de textos filosóficos que no son de consumo masivo ni mucho menos, cuyos consultores como se explica son en su mayoría estudiantes, por lo cual el concepto de biblioteca electrónica que por ahí define el propio Potel es perfectamente aplicable. Siguiendo esta doctrina, las lecturas en bibliotecas, de hacerse masivas, serían pasibles de sanción penal.


En realidad se trata de un problema de poder y avaricia irracional más que una ecuación de negocios. Lo que se teme es perder el control político de la difusión del contenido.


3 comentarios:

Severian dijo...

Es notable cuanto les cuesta a los grandes capitalistas creer en el capitalismo. La difusión es un negocio que simplemente, como el alquiler de burros o el salado de carnes, se volvió obsoleto y sólo puede ser mantenido artificialmente por medio de la coerción.

Sin embargo creo que en tu última frase está la clave. Lo que se discute es quien controla los fenómenos culturales masivos: músicos y escritories hechos a fuerza de marketting quedan en riesgo de sucumbir frente a ilustres desconocidos que, para peor, saltan a la fama sin deberle nada a nadie, y sin pasar ningún filtro de "aceptabilidad". Eso es algo potencialmente peligroso desde el punto de vista político, y es lo que pone de punta muchas cabelleras.

Unknown dijo...

Te cuento que eso que decís de las bibliotecas es el próximo paso. En Europa, las gestoras colectivas de derecho de autor (por ej, la SGAE) han logrado que se prohiba el préstamo público gratuito en bibliotecas. Esto está pasando YA. No es futurología. Como muestera alcanza ver las grandes campañas españolas contra el préstamo de pago en bibliotecas, o leer cosas como
http://www.internautas.org/html/1668.html

Tino Hargén dijo...

Gracias Severian y Bea por unirse a este apasionante tema..estoy de acuerdo con ambos..

En general la teoría jurídica “normal” hablaba que para existir violación a la ley de derecho de autor o de derechos comercialización debe probarse que exista reproducción de la obra con fin de lucro, es decir probar que la obra es copiada y vendida por una cantidad determinada de dinero. Esto aleja de cualquier delito a la copia privada o a cualquier otro tipo de difusión con fines culturales.

La teoría más salvaje que esgrimen ahora las editoras –como representantes de un poder que siente pierde el control- en su lucha desesperada contra el enemigo internético es que cualquier uso no pago de un material editado es punible, o viola la ley de derecho de autor –que en realidad sería la ley de derechos de comercialización- porque al difundir el material gratuitamente aunque no tenga intención de lucro es está “arruinando” el negocio” del que lo vende. Es una especie de delito por efecto indeseado.

Proyectar esta doctrina por la cual un perjuicio potencial, indirecto y presunto resulta suficiente para sostener una acusación penal, llevaría a que si alguien decide comprar 100 kg de pan y los distribuye en un comedor escolar a 100 chicos, las panaderías al verse perjudicadas en su negocio – los chicos obtienen gratis un pan por el que debieran pagarles- tendrían derecho a accionar sobre los niños y sobre el director del comedor popular en forma penal y hasta civil. Una interpretación absurda y abusiva de los supuestos derechos de propiedad.

De las bibliotecas pasará a los docentes: son los docentes los que difunden y reproducen conocimientos que adquirieron leyendo un libro, esto es un uso indebido ya que los alumnos obtienen beneficio a titulo gratuito de lo impartido por el docente que es reproducción oral indebida de material con derecho de autor y de comercialización.
Las leyendas dicen prohibida su reproducción por cualquier medio, incluso está prohibido el préstamo. Mi maestra de 4to grado será sometida a proceso, y lo seré yo por leer el libro que compró mi hermano mayor o me prestó mi primo.